Veamos este concepto de Derecho de Sucesiones del que todo el mundo habla y cómo se calcula.
Introducción
Ya vimos en el post anterior el concepto de “legítima” y aprendimos a calcular la legítima que corresponde a nuestros hijos y descendientes. Profundicemos ahora, viendo el cálculo de la legítima de padres y ascendientes.
Legítima de padres y ascendientes: qué es
Recordemos que, tal y como establece nuestro Código Civil, “legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos”. Esto es, nuestro Derecho de Sucesiones está estructurado de tal forma que el causante no puede disponer de cualquier modo de su patrimonio, tendrá que respetar la legítima de los herederos forzosos.
Vimos que, en primer lugar, son herederos forzosos los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
A falta de los anteriores, es decir, cuando el causante no tenía ni hijos ni nietos ni demás descendientes, son herederos forzosos los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad (1/2) del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte (1/3) de la herencia.
Respecto a la legítima de los padres y ascendientes, el Código Civil establece que se debe dividir entre ambos padres por partes iguales. En caso de que uno de los progenitores haya fallecido, recaerá el cien por cien (100%) de la herencia sobre el sobreviviente.
Cuando hayan premuerto al testador ambos padres, pero sí tenga ascendientes, como por ejemplo abuelos, se dividirá la herencia por mitad entre ambas líneas materna y paterna.
Siguiendo con el ejemplo de la familia Simpson, supongamos que fallecen todos los hijos de Homer, así como su mujer Marge. Homer otorga testamento y nombra herederos por partes iguales a su padre y a su madre.
En el caso de que sobrevivan ascendientes de diferente grado, como por ejemplo abuelos y bisabuelos, la totalidad de la herencia recaerá sobre los más próximos en grado, es decir, recaerá antes sobre los abuelos que sobre los bisabuelos, sólo en caso de que los abuelos hayan fallecido, la herencia será para los bisabuelos.
Veamos otro ejemplo de la familia Simpson: supongamos que todos los hijos de Homer han fallecido. Marge vive. Homer hace testamento, dejando la legítima, esto es, un tercio de su herencia, en favor de sus dos padres, Abraham y Mona, a partes iguales; y para el restante, nombra heredera universal a su mujer, Marge.
Tan importante es respetar los derechos de los herederos forzosos en un testamento, que no hacerlo puede llegar a significar el inicio de un procedimiento en sede judicial y que no se cumpla la voluntad del causante.
Conclusión
Es importante consultar con un abogado especializado en Derecho de Sucesiones, de forma que nos asesore sobre la mejor manera de redactar nuestro testamento, para asegurarnos que se cumple nuestra última voluntad; o, una vez el causante fallecido, nos ayude en la ejecución del mar de trámites que tenemos por delante.